miércoles, 30 de enero de 2013

Los restaurantes porteños deberán ofrecer pan sin gluten y sal sin sodio para cobrar servicio de mesa

La norma regirá dentro de 90 días.
                 
Los restaurantes porteños ya no podrán cobrar el "servicio de mesa", más conocido como "cubierto", a menores de 12 años.
También deberán ofrecer opciones aptas para celíacos y estarán obligados a brindar un vaso de agua gratuito de 250 centímetros cúbicos (un cuarto de litro) por persona.
Esas y otras medidas fueron incorporadas por la Ley 4407, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La norma abarca a los locales gastronómicos porteños (los comprendidos en el Anexo II Titulo 2 Sección 4 Capitulo 4.4 AD 700.10 del Código de Habilitaciones y Verificaciones) y comenzará a regir en 90 días, cuando se reglamente.

Cambios en la mesa

Según el artículo uno de la ley citado por Gastronómiconet, los restaurantes que cobren servicio de mesa deberán ofrecer en el mismo:

1) Un mínimo de 250 centímetros cúbicos de agua apta para el consumo, por persona.
2) Un producto de panera apto para celíacos o libre de gluten, de acuerdo a la definición del Art. 2° de la Ley 3373.
3) Sal modificada, libre de sodio como opción a la sal tradicional.
4) Pan tradicional y/o dietético a elección del ciente.

El artículo dos, por su parte, prohibe el cobro del antedicho servicio de mesa a menores de 12 años de edad.
El tres ordena "ofrecer como mínimo, la opción de un plato apto para celíacos, de consumo seguro, manipulado exclusivamente con utensilios que no tengan contacto con alimentos con TACC".
 

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